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Registro horario digital obligatorio: en qué punto está el Real Decreto

· Información general; no constituye asesoramiento jurídico.

A 14/10/2026 el Real Decreto de registro horario digital no está aprobado ni publicado en el BOE. El Ministerio de Trabajo dio por cerrada la revisión interna el 2/10/2026 y prevé llevarlo al Consejo de Ministros en octubre. Hoy sigue siendo exigible el registro diario de jornada, la conservación durante 4 años y la disponibilidad de los registros.

Estado a 14/10/2026

El Real Decreto de registro horario digital no está aprobado ni publicado en el BOE. Según la información de prensa recogida, Trabajo dio por cerrada la revisión interna el 2/10/2026 y apunta a llevarlo al Consejo de Ministros en octubre.

Esta información se actualiza con fecha. No se puede asegurar cuándo entrará en vigor.

Qué prevé el borrador

Según el borrador, el registro se haría por medios digitales, con trazabilidad y acceso remoto de la Inspección. El periodo de adaptación aún no está fijado (la prensa habla de 6 meses o de 1 año).

  • Registro por medios digitales.
  • Trazabilidad de los registros.
  • Acceso remoto de la Inspección de Trabajo.
  • Periodo de adaptación aún no fijado.

Qué es exigible hoy

Hoy es obligatorio el registro diario de jornada, con inicio y fin, la conservación durante 4 años y la disponibilidad de los registros (art. 34.9 ET). La infracción grave conlleva multas de 751 a 7.500 € (LISOS).

¿Y el papel?

Mientras el Real Decreto no se apruebe, no debe darse por hecho que el registro en papel esté prohibido. Ahora bien, si la obligación digital llega, un sistema digital ya implantado evita tener que improvisar. Consulta a tu asesor para tu caso.

Resumen

Resumen
PreguntaRespuesta a 14/10/2026
¿Está aprobado el Real Decreto?No
¿Está publicado en el BOE?No
¿Qué prevé el borrador?Registro digital, trazabilidad y acceso remoto de la Inspección
Periodo de adaptaciónAún no fijado
¿Qué es obligatorio hoy?Registro diario, 4 años de conservación, disponibilidad
Sanción por incumplimientoInfracción grave: 751 a 7.500 €

Errores frecuentes

  • Afirmar que el registro digital ya es obligatorio.
  • Afirmar que el papel está prohibido.
  • Dar plazos de adaptación como si fueran definitivos.
  • Esperar a la aprobación para organizar el registro actual.

Cómo lo resuelve MyChronos

Si ya registras la jornada con MyChronos, tienes el registro diario, la trazabilidad de modificaciones y los informes en Excel o PDF. Puedes fichar con la app, la web o un terminal. Mantendremos esta guía actualizada.

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Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Está aprobado el registro horario digital obligatorio?

A 14/10/2026 el Real Decreto no está aprobado ni publicado en el BOE.

¿Cuándo entra en vigor?

No se puede asegurar: aún no está aprobado y el periodo de adaptación no está fijado.

¿Qué prevé el borrador?

Registro por medios digitales, trazabilidad y acceso remoto de la Inspección de Trabajo.

¿Qué tengo que hacer hoy?

Registrar cada día el inicio y el fin de la jornada, conservar los registros 4 años y tenerlos disponibles.

¿Qué multa hay?

Infracción grave: de 751 a 7.500 € (LISOS).

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